Por unanimidad de 453 votos a favor, el pleno de la Cámara de Diputados aprobó una reforma al Código Penal Federal y a la Ley Federal de Víctimas para incrementar las penas por lesiones hechas con ácido.
Con esta reforma se impondrán de siete a quince años de prisión y de trescientos a setecientos días multas a quien por sí o por interpósita persona cause lesión o lesiones a otra persona, y utilice para ello cualquier tipo de ácido, álcali, agente o sustancia corrosiva, cáustica, irritante, tóxica o inflamable.
En los casos en que la lesión o lesiones afecten la cara, el cuello, el brazo, la mano o los órganos sexuales de la víctima, la pena se aumentará hasta en un tercio, en su mínimo y en su máximo, es decir, la pena alcanzará los 20 años.
Si la víctima es mujer, persona con discapacidad o menor de edad, la pena se aumentará hasta en una mitad, en su mínimo y en su máximo, es decir, que se incrementa hasta 22.5 años.
Si la lesión o lesiones afectan órganos o funciones vitales, ponen en peligro la vida o afectan más de la mitad del cuerpo, el delito podrá ser catalogado como homicidio o feminicidio, en grado de tentativa, que alcanza hasta 40 años de cárcel.
Como parte de la reforma, también se adiciona un segundo párrafo al artículo 36 de la Ley General de Víctimas, para garantizar a las víctimas el acceso a cirugías reconstructivas.
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