El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) determinó la inaplicación del artículo Décimo Séptimo transitorio de la reforma electoral, que ordenó la salida de Edmundo Jacobo Molina como secretario ejecutivo del Instituto Federal Electoral (INE), ya que violenta la Constitución e invade las competencias del INE.
Con esta sentencia dictada en la sesión pública de hoy, el TEPJF le da permanencia al retorno de Jacobo Molina al cargo, que fue posible gracias a un amparo concedido por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), además de que se asienta que la Cámara de Diputados no puede instruir al Consejo General del INE cómo deberá nombrar al nuevo titular de la Secretaría Ejecutiva cuando llegue el momento de hacerlo.
Aunque no fue una decisión avalada de forma unánime -tres magistrados votaron a favor y tres en contra, uno más no acudió a la sesión-, fue el voto de calidad del magistrado presidente Reyes Rodríguez Mondragón el que inclinó la balanza a favor de la inaplicación de dicho artículo que ordenó la remoción de Edmundo Jacobo del INE.
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