Mario Aburto podría salir en libertad
El futuro procesal de Mario Aburto Martínez, el único preso por el asesinato del candidato presidencial del PRI, Luis Donaldo Colosio Murrieta, se encuentra en una etapa crucial que será definida este miércoles por la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).
En el centro de la decisión se encuentra el recurso de reclamación 805/2023 interpuesto por Aburto Martínez contra la decisión de la presidenta de la Suprema Corte, Norma Lucía Piña Hernández, de admitir la impugnación de la Fiscalía General de la República (FGR) al amparo que se le otorgó el año anterior. Este amparo había ordenado una nueva condena basada en el Código Penal de Baja California.
La ministra Ana Margarita Ríos Farjat será la encargada de presentar ante sus homólogos de la Primera Sala un proyecto que plantea respaldar a Aburto Martínez. En su argumentación, la ministra destaca que no todos los fallos de un Tribunal Federal son sujetos a revisión, sino que requieren cumplir ciertos criterios, como la existencia de un tema de constitucionalidad.
Si el proyecto es aprobado, se hará efectiva la sentencia del Primer Tribunal Colegiado de Apelación, que en octubre de 2023 revocó la condena de 45 años de cárcel impuesta a Mario Aburto Martínez y ordenó una nueva condena con base en el Código Penal de Baja California, que establece una pena de 30 años de prisión por el delito de homicidio doloso.
Esta decisión podría significar la recuperación de la libertad para Aburto Martínez el próximo 23 de marzo, fecha que coincide con el trigésimo aniversario del asesinato de Colosio Murrieta en un mitin en Lomas Taurinas, Baja California.
El recurso de revisión de la FGR contra el amparo otorgado a Aburto fue admitido por la SCJN en diciembre del año pasado, y desde entonces ha estado en proceso. El ministro Jorge Mario Pardo Rebolledo, inicialmente asignado al caso, se declaró impedido, por lo que la ministra Ríos Farjat tomó el proyecto y ha sustentado que la sentencia del Tribunal Colegiado se basó en criterios jurisprudenciales que establecen la competencia de los jueces federales en delitos conexos, como homicidio y portación de armas, sin convertir el delito local en uno federal.
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