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Clausura PROEPA vertedero municipal en Tala

Clausura PROEPA vertedero municipal en Tala, señalan que existe daño o deterioro de los recursos naturales, así como repercusiones peligrosas en la salud de la población.

 

Con el compromiso de garantizar el cumplimiento de la normativa ambiental y proteger el equilibrio ecológico, la Procuraduría Estatal de Protección al Ambiente de Jalisco (PROEPA) realizó la clausura parcial temporal del vertedero municipal de Tala, también conocido como «Corral Falso».

En la inspección, realizada en el sitio el 10 de marzo, personal de PROEPA observó que el vertedero incumple con la Norma Oficial Mexicana NOM-083-SEMARNAT-2003, la cual establece las especificaciones de protección ambiental para la selección del sitio, diseño, construcción, operación, monitoreo, clausura y obras complementarias de un sitio de disposición final de residuos sólidos urbanos y de manejo especial.

También se identificó que, al momento de la visita, no contaban con la autorización por parte de la Secretaría de Medio Ambiente y Desarrollo Territorial (Semadet) para llevar a cabo la instalación del relleno sanitario.

Se constató que en el sitio se disponen residuos sólidos urbanos y de manejo especial, los cuales son depositados directamente en suelo natural, sin contar con geomembrana o algún sistema de impermeabilización equivalente.

Tampoco cuentan con drenaje pluvial para el desvío de escurrimientos y el desalojo del agua de lluvia, lo que permitiría minimizar su infiltración en las celdas.

El sitio no tiene un área de emergencia para la recepción de los residuos sólidos urbanos y de manejo especial en caso de alguna eventualidad, desastre natural o emergencia de cualquier orden que impida la operación en el frente de trabajo.

Se constató que el sitio mantiene cúmulos de residuos sin cobertura, por lo que se encuentran a cielo abierto.

Al momento de la visita no exhibieron monitores de biogás, de lixiviados ni de acuíferos.

Ante esta situación y en cumplimiento con la normativa ambiental vigente, se procedió a llevar a cabo la clausura parcial temporal, consistente en prohibir que se sigan depositando residuos en el sitio, salvo en la celda de tiro temporal emergente de 3 mil metros cuadrados, la cual está delimitada dentro del polígono del vertedero.

Lo anterior fue debido a la existencia de un riesgo inminente de desequilibrio ecológico con posible daño o deterioro de los recursos naturales y repercusiones peligrosas en la salud de la población.

La clausura estará vigente hasta que se dé cabal cumplimiento a la totalidad de las medidas incumplidas resultantes de la visita de inspección.

En este sentido, la autoridad municipal cuenta con cinco días posteriores a la clausura para argumentar lo que en su derecho corresponda, y se continúe el procedimiento administrativo.

Sergio Enrique Hernandez Piñon

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