La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) falló a favor de los derechos de las parejas en concubinato. El máximo tribunal eliminó el requisito de acreditar cinco años de relación o tener hijos en común. Con esta medida, los beneficiarios podrán tramitar de forma más sencilla su pensión por viudez.
SCJN facilita el acceso a la pensión por viudez en el concubinato y elimina candados de tiempo
Suprema Corte eliminó el requisito de tener 5 años comprobables de relación en el concubinato al considerar injusto exigir un plazo de cinco años para reconocer a un hogar, señalando que una familia no surge automáticamente al cumplir determinado tiempo. Una relación demuestra estabilidad, compromiso y apoyo mutuo desde antes de alcanzar ese periodo. Además, el matrimonio genera efectos legales inmediatos sin exigir años de espera.
El Pleno resolvió el Amparo en Revisión 408/2025 en su sesión del 4 de junio de 2026. La votación concluyó con siete integrantes a favor y dos en contra. La decisión establece que la duración de la relación no puede usarse para negar la seguridad social.
Acreditación de la relación
Esta resolución cambia la evaluación de las solicitudes, sin embargo, no significa que cualquier persona reciba la pensión automáticamente. La persona interesada debe acreditar el concubinato con pruebas suficientes en cada caso.
El caso comenzó con una mujer a quien le negaron la prestación en 2021 por no cumplir el periodo legal. Tras interponer recursos legales y un juicio de amparo, el expediente llegó a la Suprema Corte. El Pleno confirmó la protección de la justicia federal. La autoridad deberá procesar la solicitud sin aplicar la restricción de los cinco años.
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