Será impermisible fumar en espacios públicos - ZMG Noticias
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A partir del 15 de enero del presente año entró en vigor la ley antitabaco en México.

Esta ley se divide en dos rubros, en el primero se pretende promover la salud física, privilegiando específicamente a los niños y a los grupos más vulnerables por la exposición al humo de tabaco en segunda mano, así mismo prohibe las emiciones de cualquier producto de nicotina novedoso y emergente.

En un segundo rubro se realizará la prohibición total de todas formas de publicidad promocional de manera directa o indirecta. Esto incluye la exhibición en puntos de venta.

Resaltan que no se prohíbe el fumar, se prohíbe hacerlo en espacios cerrados y en áreas muy concurridas.

Desde el 2008 existen las áreas exclusivas para fumar en estadios, antros, plazas etc., si las personas así lo desean.

En lo económico, se calcula que tendrá un impacto económico del 22% ya que según puntos de ventas los compradores de cigarros también se llevan otros productos como encendedores, dulces o productos debla canasta básica; al momento de realizar la compra.

Los cambios emanan de la Reforma que se hizo a la ley general para el control de tabaco en el 2021, desde el año 2008, existen las leyes de protección general a los no fumadores.

«Son medidas de salud pública y que tienen una amplia aceptación social en este sentido no hay realmente un impacto importante en este y cuando se habla en la aceptación del sector restaurantero es importante mencionar que la misma industria dijo que esto les daría la posibilidad de hacer adecuaciones» compartió Carlos Gómez, director de la oficina para el control del tabaco de la Comisión Nacional Contra las Adicciones (CONADIC).

La prohibición de estos productos puede traer ahorros de 155,000 millones de pesos anuales para el país.

Será la autoridad sanitaria la responsable de la vigilancia y la aplicación del reglamento; a partir de esta reforma será inadmisible que en algún espacio cerrado se encienda un cigarro.

Las sanciones son de manera económica y no económica, desde la multa, clausura temporal o definitiva y arresto hasta por 36 horas.

Y usted ¿cree qué está nueva reforma impulse el mercado negro?

 

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