24% de las empresas no entregarán utilidades, las empresas señalaron impactos derivados del entorno económico, como el incremento en costos operativos o la disminución en ventas.
En muchos países, las empresas están obligadas por ley a repartir utilidades a sus trabajadores cuando generan ganancias, pero hay varias razones por las cuales algunas empresas no lo hacen.
La Coparmex Jalisco realizó un ejercicio con 100 empresas asociadas, de las cuales 24 de ellas no pagarán utilidades a sus empleados por diversas razones.
En México el reparto de utilidades está regulado por la Ley Federal del Trabajo, las empresas deben repartir el 10% de las utilidades netas entre los trabajadores, generalmente en mayo o junio. Si no lo hacen, los trabajadores pueden presentar una queja ante las autoridades laborales como la Secretaría del Trabajo o PROFEDET en México.
Algunas empresas que redujeron o no realizaron reparto y señalaron impactos derivados del entorno económico, como el incremento en costos operativos o la disminución en ventas, así como situaciones de excepción contempladas por la ley, como ser empresas de reciente creación.
El análisis, realizado con una muestra representativa a 100 empresas socias de Coparmex, reveló que el 76 por ciento de ellas cumplirá con esta obligación laboral, lo que generará un impacto económico estimado en más de 32 mil 368 millones de pesos, impactando a 950 mil colaboradoras y colaboradores que tendrán acceso a utilidades en 2025.
Aunque el porcentaje de cumplimiento muestra una ligera disminución frente al año anterior, se mantiene por encima del promedio registrado en la última década.
Este dato refleja una tendencia constante de formalidad en el sector empresarial, incluso ante los desafíos económicos actuales.
El estudio también identificó los principales factores que impulsaron un mayor reparto de utilidades: crecimiento en ventas, mejoras en la productividad, innovación en procesos y expansión a nuevos mercados.
Las empresas del estado deben cumplir con esta prestación dentro de los plazos establecidos por la Ley Federal del Trabajo: hasta el 30 de mayo para personas morales y hasta el 29 de junio para personas físicas.
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