Prohíben circular por la banqueta a scooters y patines eléctricos
Prohíben circular por la banqueta a scooters y patines eléctricos, cabildo Tapatío aprobó la regulación de este tipo de vehículos de micromovilidad en el reglamento de Movilidad municipal.
En sesión ordinaria del pleno del ayuntamiento de Guadalajara fue aprobada una serie de reformas al reglamento de Movilidad municipal con el objetivo de regular la operación de scooters y patines eléctricos.
Lo primero que buscaban los regidores era determinar que dichos vehículos forman parte de la clasificación como vehículos de micromovilidad, siendo aquellos de propulsión humana o asistidos por batería o motor eléctrico, diseñado para que el conductor viaje de pie o sentado, sin carrocería, con o sin anclaje; con un peso que no supere los 350 kilos y cuya velocidad máxima no supere los 45 kilómetros por hora.
Dentro de lo más importante de las reformas fue determinar que dichos vehículos no podrán circular sobre las banquetas, esto debido al riesgo para los peatones que ha han reportado en varias ocasiones a patines eléctricos que han golpeado a algún ciudadano o incluso a menores de edad.
También se aprobó que puedan hacer uso de las ciclovías en aquellos casos donde no superen los 25 kilómetros por hora. Pero en caso de que si superen esta velocidad, podrán usar el carril de la extrema derecha de cualquier vialidad.
Esto último será siempre y cuando también utilicen cascos y cuando circulen por la noche lo hagan con material reflejante en el propio patín eléctrico.
Aunque está reforma fue aprobada en Guadalajara se deberá armonizar con los diferentes ayuntamientos de la zona metropolitana de Guadalajara para que se maneje el mismo criterio.