Jalisco regula scooters y vehículos eléctricos: ya no podrán circular por banquetas
El Congreso aprobó nuevas reglas para patines y bicicletas eléctricas. Los vehículos de hasta 25 km/h podrán utilizar ciclovías, pero tendrán prohibido circular por banquetas, plazas y andadores destinados a peatones, así como por vías donde la velocidad máxima permitida sea superior a 50 km/h.
Los scooters, patines y otros vehículos eléctricos de movilidad personal tendrán nuevas reglas para circular en Jalisco. El Congreso del Estado aprobó una reforma a la Ley de Movilidad, Seguridad Vial y Transporte que establece dónde podrán transitar, sus límites de velocidad y las obligaciones que deberán cumplir sus usuarios.
Uno de los principales cambios es que estos vehículos no podrán circular por banquetas, plazas ni andadores destinados a peatones. Cuando una persona necesite ingresar a alguno de estos espacios, tendrá que bajarse del scooter y caminar. La excepción será para personas con discapacidad que utilicen este tipo de vehículos como apoyo para desplazarse.
Los vehículos que no superen los 25 kilómetros por hora podrán circular por ciclovías y otras zonas de circulación preferente. En cambio, los que superen esa velocidad serán considerados vehículos motorizados y tendrán que cumplir con las reglas correspondientes, por lo que no podrán utilizar las ciclovías.
La reforma también establece que estos vehículos no podrán circular por pasos a desnivel, túneles, puentes ni por calles o avenidas donde la velocidad máxima permitida sea superior a 50 kilómetros por hora. Además, los conductores deberán ser mayores de 14 años y cumplir con medidas de seguridad como el uso de casco, luces y elementos reflejantes.
La reforma fue aprobada el 24 de septiembre con 20 votos a favor, 14 en contra y una abstención. Ahora los municipios tendrán seis meses para adaptar sus reglamentos y establecer las sanciones que correspondan a quienes incumplan las nuevas reglas.
