Diputados aprueban la conocida ‘Ley Antimemes’
Con cinco años de prisión y multas de hasta 19 mil pesos para quien, entre otras cosas, use la imagen de una institución pública «con el fin de engañar», la Cámara de Diputados aprobó, entre criticas por posibles repercusiones en la sátira y la libertad de expresión, la llamada ‘Ley Antimemes’.
La Cámara de Diputados aprobó una reforma de propiedad intelectual que aumenta las sanciones penales por piratería y falsificación. También incluye un delito relacionado con el uso de logotipos, sitios web o documentos oficiales para engañar y cometer otro ilícito. El dictamen fue enviado al Ejecutivo federal para sus efectos constitucionales.
Entre las nuevas sanciones, el proyecto establece de cuatro a diez años de prisión para quien distribuya obras, música, videos o libros antes de su lanzamiento autorizado. También contempla de tres a siete años de cárcel para quien, a escala comercial y sin permiso, borre o altere información que identifica los derechos de una obra.
La reforma cambia el criterio de “ánimo de lucro” por el de “escala comercial”. En términos sencillos, busca considerar el tamaño y el impacto de la actividad, aunque no haya una ganancia directa. Para medirlo, el texto fija un umbral de 170 UMA y permite sumar envíos relacionados dentro de un periodo de hasta 90 días.
Otro punto controvertido es el artículo 403 Bis: prevé de uno a cinco años de prisión y multas para quien use la identidad gráfica de una institución pública con intención de engañar y cometer un delito. El oficialismo sostiene que la medida busca frenar fraudes, mientras que, legisladores de oposición advirtieron que su redacción podría dar pie a interpretaciones que afecten la sátira, la crítica política o la libertad de expresión.
En cuanto a la reparación del daño por delitos de piratería y falsificación, el dictamen establece que no podrá ser menor al 40 por ciento del precio de venta del producto o servicio legítimo. También permite que la persona afectada opte por una compensación de entre 340 y 50 mil UMA, según factores como el alcance de la difusión y el perjuicio causado. La reforma aún debe publicarse en el Diario Oficial de la Federación para entrar en vigor.
