Niegan prisión domiciliaria a Murillo Karam
Luego de que el juez Marco Antonio Fuerte Tapia negara la solicitud de arraigo domiciliario para Jesús Murillo Karam, éste deberá permanecer en la Torre Médica del Centro de Reinserción Social (Cereso) de Tepepan para continuar su tratamiento y posteriormente ser trasladado al Reclusorio Norte de la Ciudad de México.
Así lo informó el abogado de ex procurador, Javier López, quien había solicitado la medida cautelar para que Murillo Karam llevara el proceso en prisión domiciliaria por el delicado estado de salud del exfuncionario.
Según los abogados, Murillo padece enfermedad pulmonar obstructiva crónica (EPOC), hipertensión arterial sintética e insuficiencia vascular cerebral, por lo que requiere de constante monitoreo médico las 24 horas del día, además de permanecer en tratamiento.
Durante las seis horas que duró la audiencia, Murillo Karam estuvo conectado a la audiencia por video conferencia.
Hay que recordar que Murillo Karam está vinculado a delitos de tortura, desaparición forzada y contra la administración de justicia en el caso de la desaparición de los 43 normalistas de Ayotizinapa entre el 26 y el 27 de septiembre de 2014.
La Fiscalía General de la República (FGR) que es encasbezada por Alejandro Gertz Manero, apenas solicitó este miércoles tres meses más para concluir la investigación contra Murillo Karam.
El 24 de octubre el exprocurador estuvo en terapia intensiva, luego de haber sido sometido a una cirugía urgente en el Hospital de Cardiología, donde médicos lo intervinieron por una arteria obstruida.
Para el 3 de noviembre fue enviado al Hospital Belisario Domínguez, ubicado en el oriente de la capital, una vez que su salud se reportó como estable.
El 19 de agosto Jesús Murillo Karam fue detenido afuera de su domicilio, en Lomas de Chapultepec, como parte de las investigaciones de la FGR sobre el caso Ayotzinapa.
El 24 de agosto el juez Marco Antonio Fuerte Tapia vinculó a proceso al exprocurador y determinó que, ante un riesgo de evasión de la justicia, debe permanecer en prisión preventiva justificada.
En aquella ocasión, el juez Fuerte Tapia determinó además que la parte acusatoria, la Fiscalía General de la República (FGR) de Alejandro Gertz Maneo, debería presentar en un plazo de 90 días naturales la investigación complementaria a este caso.
Con información de El Occidental