Conoce cómo aplicará el uso de inmovilizadores de autos mal estacionados en Guadalajara

Conoce cómo aplicará el uso de inmovilizadores de autos mal estacionados en Guadalajara | ZMG Noticias | Noticias de Guadalajara
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Con las “arañas” inmovilizadoras, los infractores están obligados a pagar la multa inmediatamente, de lo contrario, el vehículo será llevado a un depósito.

El Ayuntamiento de Guadalajara autorizó la semana pasada el uso de inmovilizadores en los automóviles que estén mal estacionados o estacionados en lugares prohibidos. Esta nueva medida ya forma parte del Reglamento de Movilidad, Transporte y Seguridad Vial del municipio.

Es importante que el usuario sepa que, si se coloca un inmovilizador a su vehículo, tendrá sólo 24 horas para pagar la multa correspondiente, que se aplicará de acuerdo al lugar donde el automóvil haya sido mal estacionado, y que van desde los 415 pesos hasta los cuatro mil pesos, según se puede ver en la ley de ingresos.

Pasando estas 24 horas, podrán llevarse el vehículo que fue inmovilizado hasta un depósito y de ahí sólo podrá salir hasta que no exista ningún adeudo relacionado con el mismo, por supuesto, más el tiempo que se llevará el trámite.

Por cierto, si había pensado en quitar el inmovilizador y “aquí no pasó nada”, la ley contempla que quien retire, dañe o maltrate el dispositivo será acreedor a una multa de hasta 12 mil pesos y hasta 36 horas de arresto, de acuerdo con el Reglamento de Justicia Cívica del municipio.

Y en el caso de que una persona dificulte o se niegue a que se ejerzan las facultades de supervisión, inspección, sanción o de inmovilización, insulte o denigre al personal autorizado, también será puesta a disposición ante la autoridad competente.

Estos son los lugares donde la ley señala que un vehículo no debe estacionarse y donde la autoridad podrá poner los inmovilizadores:

  • Áreas delimitadas como estacionamiento exclusivo, que no le corresponda como usuario
  • Espacios asignados para bomberos, policía y servicios médicos
  • Donde existan rampas y cajones en centros comerciales o fuera de ellos para personas con discapacidad
  • Salidas de emergencia
  • En doble fila
  • Ciclovías
  • Sobre áreas de servidumbre
  • Banquetas
  • Camellones
  • Andadores peatonales
  • Ciclopuertos
  • En sentido contrario de la calle
  • Lugares prohibidos con el señalamiento correspondiente
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