Autoriza la SHCP creación de la denominada "Aerolínea del Estado Mexicano"
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La Secretaría de Hacienda y Crédito Público ha emitido una resolución en la cual autoriza la constitución de una Empresa de Participación Estatal Mayoritaria para «mejorar la calidad y cobertura de los servicios aéreos, así como impulsar la conectividad en el mercado en que existe demanda».

La Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) ha dado a conocer la resolución mediante la cual se autoriza la creación de una Empresa de Participación Estatal Mayoritaria llamada «Aerolínea del Estado Mexicano». El propósito de esta nueva aerolínea es mejorar la calidad y cobertura de los servicios aéreos, así como fomentar la conectividad en el mercado nacional e internacional, lo que promoverá el crecimiento, desarrollo y competitividad.

La SHCP explica que esta aerolínea también fortalecerá la captación de divisas e inversiones tanto nacionales como extranjeras. La empresa se constituirá como una Entidad Paraestatal y se encargará de promover, operar y ofrecer servicios de transporte aéreo regular nacional e internacional de pasajeros, carga y correo, ya sea por cuenta propia o mediante asociaciones con entidades públicas o privadas.

La empresa funcionará como una Sociedad Anónima de Capital Variable, conforme a la Ley General de Sociedades Mercantiles, la Ley Federal de las Entidades Paraestatales y otras disposiciones legales aplicables. Estará agrupada en el sector coordinado por la Secretaría de la Defensa Nacional (Sedena) y se denominará «Aerolínea del Estado Mexicano», S.A. de C.V.

La empresa tendrá la capacidad de realizar todas las acciones necesarias para promover, operar y ofrecer servicios de transporte aéreo regular nacional e internacional de pasajeros, carga y correo. También podrá ofrecer servicios de transporte aéreo no regular, como fletamento, paquetes turísticos, charter y taxi aéreo, entre otros. Además, podrá obtener concesiones, permisos, licencias y autorizaciones, y llevar a cabo todas las actividades necesarias para cumplir con su objeto social.

El domicilio social de la empresa estará ubicado en el Estado de México. El capital social será variable, con una parte mínima de $1’000,000.00 (un millón de pesos 00/100 M.N.) representada por 100 acciones nominativas de $10,000.00 (diez mil pesos 00/100 M.N.) cada una. El capital inicial será de $1’000,000.00 (un millón de pesos 00/100 M.N.), de los cuales $990,000.00 (novecientos noventa mil pesos 00/100 M.N.) serán aportados por la Secretaría de la Defensa Nacional y $10,000.00 (diez mil pesos 00/100 M.N.) por el Banco Nacional del Ejército, Fuerza Aérea y Armada, S.N.C., como accionista minoritario.

La duración, constitución, administración, liquidación y disolución de la Empresa de Participación Estatal Mayoritaria se regirán por las disposiciones de la Ley General de Sociedades Mercantiles, la Ley Federal de las Entidades Paraestatales, el Reglamento de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales y sus Estatutos Sociales, así como por las demás regulaciones aplicables.

Las erogaciones derivadas de la implementación de esta resolución serán cubiertas con cargo al presupuesto autorizado para la Secretaría de la Defensa Nacional, sin afectar.

CON INFORMACIÓN DE EL INFORMADOR

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